El Papa Francisco, sin lugar a dudas, ha sido uno de los Sumo Pontífices más mediáticos de los últimos años, debido tanto a sus comentarios como a sus acciones.
Recientemente ha incluido en el Código de Derecho Canónico, sanciones penales de parte de la Iglesia Católica hacia personas que cometan pederastia, delito muy criticado y que se ha visto con mucha regularidad entre miembros del clérigo.
Todo lo que hay que saber sobre la nueva decisión adoptada por el Papa Francisco
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Derecho Canónico
El Derecho Canónico es una herramienta que utiliza la Iglesia Católica como regulación jurídica de los actos que ocurren dentro de ella. De alguna manera puede establecer sanciones para las personas que cometen delitos tipificados en sus textos.
Para quienes se rigen por esta rama del derecho, las sanciones están estrechamente unidas a la categoría moral. Por ello, la violación de los principios, está relacionada con el pecado.
En los libros que componen el Derecho Canónico, hay uno que está relacionado directamente con las sanciones que se deben aplicar a todos aquellos que transgredan las disciplinas propias de la religión católica.
Podría decirse que el Derecho Penal Canónico existe desde la edad media y, aunque ha cohabitado desde hace mucho tiempo con las llamadas leyes terrenales o del estado para practicantes devotos del cristianismo, una sanción impuesta mediante esta ley, es mucho más severa que cualquiera que pueda aplicar un tribunal.
Esto se debe a que la persona que viola lo establecido en el código está cometiendo un pecado ante los ojos de Dios y de la iglesia y, aún cuando sea sometido a sanciones de carácter moral determinadas en el texto jurídico, debe pasar por un proceso de penitencia y reconocimiento de sus culpas para lograr el perdón.
En la gran mayoría de los casos, quienes faltan a las leyes que se señalan en el Derecho Canónico, deben realizar ejercicios de misericordia con el fin de curar su espíritu, ya que, en el momento en que son sancionados, la iglesia está haciendo uso de una potestad recibida directamente por Dios.
Libro VI del Código de Derecho Canónico
Este es el apartado que aparece en el texto de Derecho Canónico, donde se establecen las sanciones que aplica la iglesia, a todos aquellos quienes han roto las normas establecidas.
En la parte 1, se explican los delitos y penas en general, así como los castigos que se deben aplicar. Por ejemplo, el artículo 1311 dice que la iglesia tiene derecho a castigar con sanciones de carácter penal a los fieles que cometan delitos. Sanciones que por cierto, son totalmente distintas a las que aplican los tribunales ordinarios. Por ejemplo:
Penas medicinales o censuras, que tratan en lo posible que la persona enmiende su proceder, suspendiéndole de forma transitoria o permanente, algún bien de carácter espiritual. La pena más fuerte es la excomunión y, en el caso de los clérigos, la suspensión.
En tanto, en la pena expiatoria, el procesado debe realizar acciones que indique la iglesia para lograr el perdón de sus culpas. Por lo general, estas se aplican cuando las penas medicinales o censuras no han surtido los efectos esperados. La intención máxima es evitar, de alguna manera, la impunidad.
Razones que impulsan a la iglesia a modificar el Código Canónico
En la Iglesia Católica, durante muchos años, se han mencionado casos de abusos sexuales cometidos por sacerdotes. Durante una investigación realizada a principios del año 2000 se estableció que las diócesis habían protegido, aproximadamente, a unos 60 sacerdotes que estaban señalados de haber cometido estos delitos.
Se estima que entre 1950 y el año 2016, la iglesia estadounidense recibió alrededor de 19.000 denuncias de abusos sexuales cometidas por sacerdotes, pero, al parecer, nunca se realizaron investigaciones para establecer la sanción de los responsables.
Debe recordarse que en el año 2019, Theodore McCormick fue destituido como cardenal, ya que, según pesquisas realizadas, era responsable de haber cometido abusos sexuales a principios de los años 70. La sanción que se le aplicó fue llevarlo al estado laico, es decir, quitarle cualquier tipo de autoridad en la iglesia.
Ante todos estos hechos que son, evidentemente, públicos, el Papa Francisco tomó la determinación de mostrarle al mundo que la iglesia no está de acuerdo con estas acciones, por lo que se modifica el libro VI del Código de Derecho Canónico, donde se establece la pederastia como un delito contra la dignidad humana.
De igual forma, el Papa quiso llegar al extremo en las sanciones y manifestó que cualquier clérigo que sea descubierto cometiendo abusos de carácter sexual, inmediatamente debe ser procesado y expulsado del estado clerical.
En tanto, el Sumo Pontífice estableció un proceso de indemnización a las víctimas, de tal manera que esto sirva para erradicar la pederastia que existe dentro de la Iglesia Católica.
Se estima que la modificación que se ha hecho en el texto jurídico católico entre en vigencia a partir del 8 de diciembre de este año.
Modificación al Código Canónico ¿solución al problema?
Dentro de la nueva adaptación del código, la prescripción del delito en cuanto a los laicos consagrados (personas con labores especiales en la iglesia) pasa de 5 a 7 años. Mientras que para los clérigos, pasa de los 10 a los 20 años.
Esto quiere decir que cualquier sacerdote que haya cometido un caso de pedofilia, si es denunciado antes de los 20 años de haber ocurrido, será sancionado con la suspensión temporal o permanente de su ministerio.
De igual forma se reduce la discrecionalidad ya que en el pasado, en aras de mantener la unidad eclesial, se trataba de tener en secreto el hecho. Ahora no es que se busque generar un escándalo, sino que se le demuestre a la comunidad católica la intención de la iglesia de corregir lo que consideran graves fallos en su estructura.
Este proceso de reformulación del Código Canónico se inició en el año 2007 bajo el pontificado de Benedicto XVI y se concluye ahora con el Papa Francisco. Pero, lo que llama poderosamente la atención, es que la iglesia asume que los daños causados por el delito de pedofilia son parte de la debilidad humana por lo que pareciera, no ser lo suficientemente enérgicos cuando se refiere a tan atroz delito.