Las cosas han cambiado mucho desde que los abuelos de cualquier hogar corriente eran jóvenes. Y es que, tanto la Guerra como el estar sometidos a una dictadura durante años transformaron el panorama nacional, haciendo que muchos se vieran sometidos a una escasez que se traducía en la hambruna más absoluta y a una persecución política que acabó convirtiendo a muchos de ellos en presos políticos. Ante esta situación muchos se vieron en la obligación de emigrar, por lo que metieron sus escasas pertenencias en una maleta y pusieron rumbo hacia un lugar del que es probable que nunca hubieran oído hablar, y ¿quién sabe si fue para mejor o no? Afortunadamente, las cosas en la actualidad son completamente distintas, si antes era difícil y complicado cambiar de país y mucho más de continente hoy en día está al alcance de casi cualquier persona, haciendo que las sociedades se hayan convertido en un conglomerado de nacionalidades distintas con un único fin común, ser felices. Y en ese peregrinaje incesante del ser humano en busca de la felicidad los matrimonios entre personas de distinta nacionalidad han aumentado y con ello también los niños con padres de distintos países. Pero, ¿qué pasa en estos casos cuando el amor se acaba y el matrimonio se rompe? La sustracción internacional de menores, por desgracia, también ha aumentado, tal es así que el Ministerio de Justicia se ha visto obligado ha establecer un protocolo de actuación.
Pero, antes de continuar, conviene aclarar que es lo que se entiende por sustracción internacional de menores, y que no es otra cosa que aquella situación en la cual, uno de los progenitores de manera unilateral, es decir, sin el consentimiento del otro progenitor, traslada o retiene a un hijo menor de 16 años desde el Estado donde éste reside habitualmente a otro Estado diferente de manera ilícita, esto es, sin estar autorizado para hacerlo.
Ante una situación de este calibre, conviene mantener la calma, y echar mano de profesionales en derecho internacional que faciliten los trámites que serán necesarios para poder obtener la restitución de un menor trasladado o retenido ilícitamente. Para ello es de aplicación el Convenio de La Haya de 1980 sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores, que ha sido firmado por España y un total de 90 países, siendo aplicable únicamente entre Estados firmantes. Por lo que, si no se trata de uno de estos Estados, es posible que el proceso pueda llegar a resultar incluso más complicado. Y, por lo tanto, contar con la ayuda legal adecuada, puede ser la mejor garantía de éxito.