Desde el 1 de octubre, desplazarse en moto, bicicleta o patinete eléctrico implica tener en cuenta nuevas obligaciones de seguridad vial. La modificación del Reglamento General de Circulación refuerza la protección de los usuarios vulnerables y adapta las normas a una movilidad en la que conviven cada vez más medios de transporte.
Los cambios afectan al equipamiento obligatorio, la edad mínima para conducir vehículos de movilidad personal (VMP) y las condiciones de circulación de bicicletas y motocicletas. Algunas medidas ya son exigibles, mientras que otras cuentan con un plazo de adaptación hasta octubre de 2027. Ante esta actualización normativa, Feu Vert recuerda las principales novedades que deben conocer quienes utilizan estos vehículos, tanto en sus desplazamientos cotidianos como durante su jornada laboral.
Patinetes eléctricos, ciclistas y riders: las nuevas obligaciones
Los usuarios de patinetes eléctricos deben tener al menos 15 años para conducir un VMP y utilizar casco de protección. También deben llevar chaleco reflectante durante la noche o en condiciones de escasa visibilidad. Quienes utilizan estos vehículos para trabajar están obligados a llevarlo en todo momento.
La reforma también afecta a los ciclistas. En vías interurbanas, el casco pasa a ser obligatorio para todos, al eliminarse las excepciones que permitían prescindir de él en determinadas circunstancias. Además, quienes desarrollan una actividad profesional utilizando bicicletas, VMP, ciclomotores o motocicletas deben llevar casco y chaleco reflectante durante toda la jornada.
En el caso de las bicicletas, la normativa incorpora asimismo cambios en las condiciones de circulación urbana. Entre ellos, establece una distancia mínima de cinco metros entre un vehículo a motor y un ciclista que circule delante por el mismo carril. En vías interurbanas, los conductores que adelanten a ciclistas deberán reducir su velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía, mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros y cambiar completamente de carril cuando la calzada disponga de más de uno por sentido.
Motoristas: guantes en carretera y calzado cerrado
Los conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores también deben adaptar su equipamiento a la nueva regulación. Desde el 1 de octubre, los guantes de protección son obligatorios cuando circulan por vías interurbanas, mientras que el calzado debe ser cerrado y cubrir todo el pie en cualquier tipo de vía.
La norma establece, además, que los cascos de los usuarios de ciclomotores deberán estar homologados, y no únicamente certificados. Esta exigencia será aplicable a partir del 1 de octubre de 2027. La obligación de utilizar guantes homologados con especificaciones técnicas concretas queda pendiente de una orden ministerial, por lo que, hasta su entrada en vigor, se mantienen las características de protección actualmente exigidas.
La reforma incluye otras novedades para los motoristas. En determinados tramos señalizados y cuando exista congestión, podrán circular por el arcén derecho a una velocidad máxima de 30 km/h, siempre que el arcén esté debidamente señalizado.
“La movilidad ha cambiado mucho en los últimos años y actualmente conviven en nuestras calles y carreteras vehículos y usuarios con necesidades muy diferentes. Conocer la normativa y utilizar el equipamiento adecuado son dos aspectos fundamentales para reducir riesgos, de ahí las soluciones de equipamiento de nuestro catálogo”, señalan desde Feu Vert.