El despacho de abogados situado en Uria 5, Fides Abogados, dirigido por Juan Carlos Rodríguez, ya ha denunciado esta situación inusual que perjudica únicamente a asturianos y cántabros; y ya está presentando las demandas en otros Juzgados cuyas Audiencias Provinciales no tienen este cambio de doctrina que perjudica a los pequeños inversores que vieron como el folleto publicado en la Comisión Nacional del Mercado de Valores les engañaba con la situación en la que estaba el banco.
Hasta el mes de febrero la Audiencia Provincial de Asturias estaba dando la razón a los accionistas asturianos, siendo pionera a nivel nacional a la hora de condenar al Banco Popular por la ampliación de capital que se había llevado a cabo el 26 de mayo de 2016 y que desemboco en la compra del Banco Popular por parte del Banco Santander por 1 euro el 7 de junio de 2017.
La Audiencia Provincial de Asturias pese a reconocer que la información proporcionada en el Folleto de ampliación de capital no se corresponde con la realidad y tenía graves irregularidad al igual que las cuentas del Banco Popular, interpreta que se aplica la Ley 11/15 de recuperación y resolución de entidades de crédito impidiendo con ello reclamar por los daños causados por la resolución del Banco Popular. Información que nos facilita Josemaría Federico Pérez Panizo, abogado en practicas en el despacho Fides Abogados.
Este despacho ha planteado en los juzgados y en la Audiencia una cuestión prejudicial, para que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronuncie sobre este cambio de doctrina que podría atentar directamente con las decisiones y normas comunitarias en materia de protección de los derechos de los ciudadanos de la unión.
Si se admite el planteamiento de la cuestión prejudicial podría paralizar los pronunciaciones judiciales que en este caso que tiene su origen en la ampliación de capital del Banco Popular en 2016. Europa podría volver a darle un tirón de orejas a los tribunales españoles y en este caso a los Asturianos.